Revista a Microbuses con 10 años o más de antigüedad

Con fecha 3 de febrero de 2023 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México No. 1038 Bis ANDRÉS LAJOUS LOAEZA, Secretario de Movilidad de la Ciudad de México publicó el AVISO POR EL QUE SE ESTABLECE LA REVISIÓN FÍSICA Y DOCUMENTAL DE UNIDADES CON 10 O MÁS AÑOS DE ANTIGÜEDAD QUE PRESTAN EL SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS PÚBLICO COLECTIVO CONCESIONADO CLASIFICADO COMO RUTA DEL TIPO MICROBÚS, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE SUSTITUCIÓN DE UNIDADES Y MEJORAMIENTO DEL TRANSPORTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

PRIMERA.- A todas las personas físicas que actualmente cuentan con una concesión o permiso otorgados por la Secretaría, para la prestación del Servicio de Transporte de Pasajeros Público Colectivo de Ruta no incorporado a Corredor en unidades tipo microbús, se les convoca a presentar sus unidades en términos de las siguientes: 

Microbús: Todas las unidades con capacidad de entre 20 y 40 pasajeros con un largo total de entre 6.00 y 8.00 metros y que sean de cualquier modelo con más de 10 años de antigüedad con la cromática autorizada, concesionadas en la Ciudad de México. 

CUARTA.- El procedimiento se desarrollará de conformidad con el siguiente calendario:

Periodo para presentarse - Matrículas con terminación numérica

QUINTA.- Las personas interesadas deberán acudir a uno de los cinco módulos de revista vehicular que se indican en párrafos posteriores del presente Aviso. Para llevar a cabo el procedimiento con base en el calendario señalado, las personas deberán agendar una cita en el Sistema de Citas, de acuerdo al siguiente procedimiento: 

https://app.semovi.cdmx.gob.mx/citas/ 

la cual estará disponible a partir del 07 de febrero de 2023

SEXTA.- Las unidades que no sean presentadas a la cita de la revisión Físico-Documental, en el día y hora que eligieron en el sistema en línea, tendrán la posibilidad de reagendar, siempre que exista espacio y horario en el módulo de su elección. 

SÉPTIMA.- Son requisitos para llevar a cabo la revisión Físico-Documental los siguientes documentos, mismos que deberán presentarse en original y copia: 

OCTAVA.- A quienes cuentan con un trámite pendiente como corrección de datos, se le emitirá un Documento de Diagnóstico, que será entregado al momento de concluir la revisión físico-documental, y en el cual se establece la documental pendiente a presentar, el interesado contará con un término de hasta 30 días naturales posteriores a la emisión de esta para subsanar el trámite correspondiente por lo que deberá de regresar al módulo en donde se le revisó su expediente. 

NOVENA.-Si cuenta con un trámite pendiente como: cesión de derechos, sustitución de unidad y/o cambio de motor, deberá concluir con dichos trámites en el Módulo “Patriotismo” ubicado en Av. Patriotismo 711, San Juan, Benito Juárez, 03730 Ciudad de México. DÉCIMA.- Los interesados no podrán continuar con el proceso previsto por el presente Aviso, cuando se encuentren en los siguientes supuestos que se enuncian de forma indicativa más no limitativa: 

DÉCIMA PRIMERA.- Una vez obtenida la Constancia de Cumplimiento, expedida por la Dirección General de Licencias y Operación del Transporte Vehicular en coordinación con la Dirección General de Registro Público del Transporte, la cual será entregada al momento de concluir la revisión físico-documental, será un requisito indispensable para participar en el “Programa de Sustitución de Unidades con 10 o más Años de Antigüedad que prestan el Servicio de Transporte de Pasajeros Público Colectivo Concesionado clasificado como Ruta” que al efecto, emita “la Secretaría”. 

DÉCIMA SEGUNDA.- Únicamente las unidades tipo "microbús" que obtengan su Constancia de Cumplimiento en los términos del presente Aviso, quedarán exentas de acudir a la revisión de la denominada Revista Vehicular correspondiente al año 2023, únicamente cubrirán los costos de la Revista Vehicular. 

DÉCIMA TERCERA.- De conformidad con el artículo 32 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, las manifestaciones, informes o declaraciones rendidas por los interesados a la autoridad competente, así como los documentos aportados, se presumirán ciertos salvo prueba en contrario, y estarán sujetos en todo momento a la verificación de la autoridad. Si hubiese indicios de que dichos informes, declaraciones o documentos fuesen falsos o apócrifos, se negará el trámite y se dará vista a la autoridad competente y se iniciarán los procedimientos administrativos señalados en la Ley Movilidad y su Reglamento. 

DÉCIMA CUARTA.- La Revisión Física y Documental de Unidades con 10 o más años de antigüedad que prestan el Servicio de Transporte de Pasajeros Público Colectivo Concesionado Clasificado como Ruta del Tipo Microbús en el Marco del Programa de Sustitución de Unidades y Mejoramiento del Transporte de la Ciudad de México no tiene ningún costo, el personal de la Secretaría, TIENE ESTRICTAMENTE PROHIBIDO recibir pagos de derechos o solicitar cualquier tipo de contraprestación en especie. Dichas conductas constituyen faltas administrativas y/o delitos. Cualquier acto de corrupción deberá ser denunciado en el buzón de Quejas y Denuncias del Órgano Interno de Control en la Secretaría. 

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