#TaxiSeguro: Cromática

Con fecha 25 de noviembre de 2022, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México No. 988, ANDRÉS LAJOUS LOAEZA, Secretario de Movilidad de la Ciudad de México publicó el Aviso por el que se determinan las características y especificaciones técnicas, cromática, rótulos y medios de identificación oficiales, que de manera obligatoria deberán incorporar a los vehículos que prestan el Servicio de Transporte de Pasajeros Público Individual “Taxi” en la Ciudad de México.

SEGUNDO.- Las personas morales que cuenten con concesiones de servicio de Transporte de Pasajeros Público Individual de Pasajeros “Taxi” legalmente constituidas y reconocidas por la Secretaría, podrán colocar en las unidades algún distintivo adicional de identificación, previa autorización por escrito emitida por la Secretaría.

TERCERO.- Queda prohibida la utilización de cualquier otra cromática, rótulos y medios de identificación.

CUARTO:

a) Color exterior.

1. Base de color blanco, en la parte superior color Rosa Pantone 226C, cubriendo la superficie 10 centímetros por debajo de las ventanillas.

2. Los que pertenezcan a un sitio y acredite la pertenencia, podrán usar la cromática para la modalidad de sitio, con el color integral en base blanco.

b) Rótulos.

1. Tipografía y dimensiones.

1.1. La tipografía podrá ser “Arial Negrita” (Bold), “Helvética Negrita” (Bold), usando un solo tipo de letra,

1.2. Las dimensiones de los rótulos laterales son: 120 mm para la palabra “TAXI” y de 70 mm para las palabras “SOY TAXI HÍBRIDO”, “SOY TAXI ELÉCTRICO”.

Distintivo de empresas y organizaciones.

El distintivo correspondiente al logotipo de empresas y organizaciones, deberá colocarse en la parte trasera sobre la cajuela o quinta puerta, sus dimensiones no podrán exceder de 150 x 150 mm. Deberán estar fabricados en recorte de vinil auto-adherible y su colocación debe ser con previa autorización de la Secretaría.

e) Medios de Identificación.

1. Licencia Tarjetón de identificación del Operador. Esta deberá exhibirse de manera permanente en la ventanilla trasera del costado derecho de la unidad. En caso de no contar con ésta, la persona operadora podrá descargar, imprimir y colocar el QR de identificación, disponible desde la aplicación Mi Taxi.

2. Copete: Las unidades deberán incorporar un copete fabricado en acrílico color blanco translúcido, el cual deberá señalar al frente y en la parte posterior la palabra “TAXI” con una altura de letra de 50 mm con tipografía “Movilidad Integrada”, así como la modalidad bajo la cual se encuentra prestando el servicio.

2.1 Las modalidades:

a) Libre.

b) Sitio.

c) Radio Taxi.

d) Taxi de Sitio con base en terminales de autobuses foráneos.

e) Preferente.

f) Las que determine la Secretaría.

SEXTO. Supervisión, vigilancia y sanciones: será lo establecido en los artículos 115, fracciones IX y X, 251, fracción XIV y 254, fracción VII, de la Ley de Movilidad de la CDMX y; 44, fracción II, del Reglamento de Tránsito de la CDMX, sin perjuicio de otras normas aplicables vigentes.

TRANSITORIOS

TERCERO. La incorporación de los rótulos en las unidades a través de las que se presta el Servicio de Transporte de Pasajeros Público Individual en la Ciudad de México, referida en el presente Aviso, se deberá realizar en las unidades de reciente incorporación o sustitución y en todas las que, a la fecha de publicación del presente Aviso, no hubiesen acreditado el cumplimiento de la cromática oficial hasta entonces vigente, previo a la publicación del presente, lo cual se deberá realizar dentro de los 90 días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente

Gaceta